viernes, 1 de agosto de 2014

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LIBERBANK SIGUE UTILIZANDO LA MOVILID AD GEOGRÁFICA PARA DESTROZAR EL FUTURO DE LOS TRABAJADORES

Nuestros compañeros del sindicato CSICA publican en su página el siguiente post

Tras el cierre de 17 oficinas decreta nuevos “traslados salvajes”

La empresa, tras comunicar el cierre de 17 Oficina para el 31 de agosto, la reubicación de la Territorial de Admisión de CCM-Este desde Cuenca a Albacete, así como “determinados ajustes” tras la externalización de Sistemas, ayer hemos tenido conocimiento de que RRHH ha decretado 70 “traslados salvajes” que ya ha comunicado a los afectados con efectos de 1 de setiembre.

De nuevo la historia se repite, demostrando la Dirección de Liberbank que la medida de movilidad geográfica en sus manos es una herramienta letal para destruir empleo y destrozar el futuro de decenas de trabajadores y trabajadoras, pues la mayoría de los trasladados lo serán desde centros situados en Málaga, Levante o Cataluña, etc. hasta destinos situados en Asturias.

Según dispone el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 40.2 c) “la medida de movilidad geográfica deberá versar sobre las causas motivadoras con la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas necesarias para atenuar sus con secuencias para los trabajadores afectados”.

Pese a esta clarísima previsión del ET, la rocosa e insensible Dirección de Liberbank, de forma recurrente viene usando la movilidad geográfica como arma arrojadiza para que centenares de trabajadores pidan la baja de la entidad, y con ello, la amortización de cientos de puestos de trabajo. En nuestra opinión, esta lamentable conducta de la empresa constituye un claro supuesto de abuso de derecho, que no tiene encaje en el precepto antes visto, por lo que se puede combatir en los juzgados.

CSICA ha comprobado que 18 de lo 40 afectados proceden de los centros de destino (oficinas receptoras), lo cual convierte estos traslados en super abusivos porque RRHH está aprovechando las circunstancias para trasladar a quien no debería al no cerrarse su centro, según dispone el Acuerdo de diciembre pasado. En muchos casos, se han elegido a los menos antiguos, consciente la empresa de que en el caso de que soliciten la baja, la indemnización será baratísima. Además, la mayoría de los afectados son mujeres, las cuales son más sensibles que los hombres, en su doble condición de madres y trabajadoras. No obstante aquellas con una antigüedad de más de 10 años se salvan de la “salvajada”.

Mucho nos tememos que en el tubo de ensayo de la empresa hay decretados nuevos cierres y más “traslados salvajes” (la previsión de próximos cierres es de más de 80 oficinas), lo que unido a la reestructuración de SSCC, puede provocar en el futuro mucho daño y dolor a los trabajadores que se puedan ver afectados.

Lamentablemente, los firmantes del Acuerdo de 27/12/2013 (2º ERE), una vez más, han dado oxígeno a la empresa para que pueda seguir decretando traslados a sus anchas hasta el 30/6/2017; y no vale que ahora digan que la empresa no cumple lo pactado, porque ya han probado de su propia medicina, tras haber sido engañados por ella vilmente (según comunicaron), tras la firma del Acuerdo del SIMA de 25/06/2013.

Como hemos apuntado antes, en esta oportunidad la empresa no sólo traslada a los trabajadores afectados por los cierres, sino a los de oficinas receptoras, con lo que el abuso e indefensión de los trabajadores es total. Recordemos que en el verano de 2011 CSICA presentó Demanda de conflicto colectivo contra Liberbank tras los “traslados salvajes” decretados consecuencia de la primera oleada de cierres de oficinas, obteniendo sentencia en contra de la Audiencia Nacional.

No obstante, comunicamos que de forma individual se puede interponer demanda ante el Juzgado de lo Social respectivo impugnando el traslado. (con muchas posibilidades de que prospere como en casos anteriores), para lo que se dispone de plazo de 20 dí8as hábiles desde la fecha de la comunicación del mismo, contados desde ayer día 30 de julio.

http://csicaliberbank.blogspot.com.es/

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