sábado, 19 de abril de 2014

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Dos jueces exigen la eliminación de las cláusulas suelo de la Caja de Ahorros de Extremadura (Liberbank)


El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Cáceres ha declarado la nulidad por abusiva de la cláusula suelo que aparece en los contratos de préstamo hipotecario de Caja de Ahorros de Extremadura. La condena supone eliminar las cláusulas y que el juzgado condene a la entidad a devolver a los afectados “las cantidades cobradas indebidamente” con los intereses legales. Se trata de una demanda agrupada presentada en nombre de 11 afectados, con suelos desde el 2,65% y techos de hasta el 12%, aunque es frecuente un 5% de suelo. Por otro lado el Juzgado de lo Mercantil 2 de Segovia ha obligado a Caja Segovia (ahora Bankia) a eliminar las cláusulas suelo de las hipotecas de otros 11 consumidores. El juez dice que el contenido de la cláusula no ha sido fruto de una negociación entre las partes. Declara su condición de abusiva ya que “causa un desequilibrio importante entre las posiciones de ambas partes, derivadas del contrato, en perjuicio del consumidor”. La cláusula es abusiva por no contener el préstamo ninguna contrapartida al riesgo que asume el consumidor, por no existir una “cláusula techo”. 

19 octubre 2012  En la primera sentencia, el magistrado da la razón a la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España (ADICAE) indicando que no existe reciprocidad alguna entre los suelos y los techos observados y, por tanto, considera abusivas las cláusulas condenando a Caja de Extremadura (ahora Liberbank) a “eliminar dichas cláusulas” y “a la devolución a los demandantes de las cantidades cobradas indebidamente en aplicación de dichas cláusulas, con los intereses legales de cada cobro”. La entidad ha recurrido la sentencia, pero las sensaciones no pueden ser más positivas.

En la segunda sentencia, el juez considera que las pruebas presentadas acreditan “que la cláusula reflejada en los contratos de los consumidores demandantes merece la consideración de abusiva” y por ello “debe de procederse a la eliminación de dichas cláusulas”.

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