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miércoles, 15 de octubre de 2014

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Circular CSIF Despidos

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14 10 15 CSIF Despidos



Cualquier fuerza sindical o colectivo de emplead@s o ex-empleados puede remitir sus circulares y comunicados a nuestro buzón ddrliberbank@gmail.com, serán publicados y distribuidos por nuestros canales.

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martes, 23 de septiembre de 2014

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Circular LIBERBANK CSIF Comisión de seguimiento



14 09 23 LIBERBANK CSIF Comisión de seguimiento

Cualquier fuerza sindical o colectivo de emplead@s o ex-empleados puede remitir sus circulares y comunicados a nuestro buzón ddrliberbank@gmail.com, serán publicados y distribuidos por nuestros canales.

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viernes, 19 de septiembre de 2014

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Liberbank pone trabas a sus empleados para cobrar las ayudas de guardería

El banco que preside Manuel Menéndez exige justificantes y cerificados a cambio de otorgar estas ayudas.


Enésimo roce entre los sindicatos y la dirección de Liberbank, esta vez a causa de las trabas que el banco estaría poniendo para que los trabajadores que tienen derecho a ello perciban las ayudas de guardería y de formación y estudios de sus hijos.

El Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) actualmente en vigor suspendió con carácter general estos pagos hasta 2016, duplicando posteriormente, de 2018 a 2021 las cantidades que correspondan cobrar por tales conceptos. No obstante, el acuerdo estableció un número importante de supuestos para los que estas ayudas se mantienen.

En concreto, y según establece el texto se seguirán cobrando estas ayudas en el caso de los hijos de empleados que tengan reconocida la condición de minusválido, en el de los empleados cuyo salario antes de la reducción de jornada y salario sea inferior a 30.000 euros, y en el de las familias de más de tres hijos con derecho a la percepción de la citada ayuda, que lo percibirán a partir del tercer hijo en adelante.

Sin embargo, según denuncia CCOO en un comunicado, los trabajadores se han encontrado con la sorpresa de que este año Liberbank ha incorporado como novedad la necesidad de aportar certificados y justificaciones para poder cobrar estas ayudas. De este modo, los empleados deberán presentar un certificado del centro donde el hijo cursa estudios. Si el estudiante está desplazado, también habrá que presentar un documento que acredite el alojamiento en localidad distinta a la de la unidad familiar (contrato de alquiler, certificado del colegio mayor, etc). En caso de minusvalía, otro certificado donde figure el grado de incapacidad.

El sindicato critica que, “con la intención de ahorrar lo más posible”, Liberbank “tiene la mala costumbre de emponzoñarlo todo complicando hasta las cosas que nunca han sido un problema”. Recuerda además que, de acuerdo con el Convenio Colectivo, la ayuda de guardería no está en ningún caso vinculada a la escolarización del niño, por lo que no es necesaria la presentación de ningún certificado para percibirla.

“Independientemente que los menores acudan a una guardería o no, se percibe la ayuda de guardería en tres pagos correspondiendo el primero al año de nacimiento, y el último al año en que cumpla dos años y en el caso de la ayuda de formación se percibe por cada uno de los hijos del empleado desde el año en que cumpla la edad de tres años hasta el año en que cumpla la edad de veinticinco años”, destaca la formación sindical.

En la misma línea se expresa CSIF en otro comunicado, en el que destaca que “la empresa no tiene derecho a exigir justificante” y recuerda que “el Convenio no especifica qué tipo de estudios dan derecho a la ayuda y estos son, a veces, de difícil justificación (por ejemplo, preparación de oposiciones)”.

Este sindicato advierte de que “intentaremos por todos los medios no judicializar también este asunto, más que nada por el retraso que supondrá en la percepción de las ayudas, pero si no hay más remedio lo haremos”.
http://www.elboletin.com/economia/104723/liberbank-empleados-ayudas-guarderia.html

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miércoles, 30 de julio de 2014

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Cierre de oficinas y reestructuración de Servicios Centrales.

Los compañeros del sindicato Csif publican el siguiente post en su Blog.

Ante las comunicaciones que la empresa va a efectuar en breve referidas a movilidad geográfica, y ante las interpretaciones que algún sindicato está haciendo, queremos aclarar qué fue lo que se firmó en el acuerdo del 27 de diciembre de 2013.
“V. MOVILIDAD GEOGRÁFICA
La movilidad geográfica únicamente será aplicable en supuestos de cierre de oficinas y reestructuración de Servicios Centrales. Se mantendrá la vigencia de lo dispuesto en el Capítulo I, apartado B.2 del Acuerdo colectivo de 3 de enero de 2011, hasta el 30 de junio de 2017, incluidas las compensaciones económicas establecidas en dicho acuerdo. No obstante, no se aplicarán ninguna de las compensaciones previstas en dicha regulación cuando el traslado lo sea a un centro cuya distancia desde el centro de origen no supere los 50 kilómetros.En caso de que el trabajador rechace el traslado comunicado y éste sea a más de 50 kilómetros, tendrá derecho a la indemnización por extinción de contrato establecida por Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de 10 de agosto de 2011.”
En este apartado se hace referencia a lo dispuesto en el Capítulo I, apartado B.2 del Acuerdo colectivo de 3 de enero de 2011, para el caso de que el trabajador acepte el traslado y a lo dispuesto en la comisión de seguimiento del 10 de agosto de 2011 para el trabajador que no lo acepte y éste sea a más de 50 km.
Aquí tenéis dos enlaces a los acuerdos citados para su consulta:




En resumen, solo se podrán ver afectados por movilidad geográfica aquellos trabajadores cuya oficina sea cerrada o cuyo departamento de servicios centrales sea reestructurado.
Si el traslado es a más de 50 km. y el trabajador lo acepta, recibirá las compensaciones pactadas en el Acuerdo Laboral del 03-01-2011. Si el trabajador no acepta el traslado, tendrá derecho a solicitar la baja incentivada o suspensión de contrato en las condiciones establecidas en el mismo acuerdo.
http://csif-liberbank.blogspot.com.es/2014/07/cierre-de-oficinas-y-reestructuracion.html

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jueves, 13 de marzo de 2014

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La Inspección de trabajo se pronuncia ante denuncias en Liberbank (Trabajar fuera de jornada, y Sustitución de compañeros huelguistas)

Los compañeros del sindicato CSI-F publican en su Blog post de interés sobre informes de la Inspección de trabajo a denuncias interpuestas, las reproducimos para su difusión por su interés general.



Recientemente hemos recibido varias comunicaciones de la Inspección de Trabajo como consecuencia de las denuncias presentadas por infracciones cometidas por la empresa en materia laboral.
En la primera nos comunican que se inicia procedimiento administrativo sancionador por sustituir a trabajadores huelguistas, que suponen faltas graves y muy graves.
El resto de comunicaciones se refieren a denuncias presentadas por CSIF referidas a ampliación ilegal de jornada laboral, estando la plantilla sometida a reducción de jornada según el ERE247/13. 
El día 29-11-2013 se celebra reunión en la Inspección de Trabajo a la que habían sido convocados dos representantes de la empresa y el presidente del Comité de Empresa de Oficinas correspondiente (delegado de CCOO). También acude un delegado de CCOO que no había sido citado. 
Según el escrito recibido, la Inspección entiende que la ampliación de horario “no es práctica habitual” (!!!) y se resume, aunque no lo dice explícitamente, en que no se va a actuar por estar el ERE 247/13 anulado por sentencia del 14-11-2013. 
Según nos ha comentado el delegado de CCOO que asistió a la reunión, los inspectores habían recibido órdenes desde la dirección territorial de la Inspección de no actuar contra Liberbank y BCCM en cuestión de horarios hasta que se resolvieran las demandas judiciales presentadas. 
Os recordamos una vez más que ampliar el horario laboral estando en un ERE con reducción de jornada supone un fraude al SEPE, a la Seguridad Social, a la Agencia Tributaria y a la sociedad en general, además de una falta de solidaridad con los compañeros, de la que la empresa se aprovecha para conseguir los mismos objetivos detrayendo salario a sus empleados.
http://csif-liberbank.blogspot.com.es/2014/03/comunicaciones-de-la-inspeccion-de.html 
http://www.elboletin.com/economia/94806/trabajo-expedienta-liberbank-derecho-huelga.html



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miércoles, 12 de febrero de 2014

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La Audiencia Nacional verá el 3 de marzo la demanda contra ERE de Liberbank

Madrid, 12 feb (EFECOM).- La Audiencia Nacional celebrará el próximo 3 de marzo un juicio para ver la demanda contra Liberbank por el último acuerdo laboral suscrito entre la dirección y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF que supondrá recortes de jornada y salario de entre el 10 y el 30 %.

A la demanda que presentó CSICA para impugnar el que Expediente de Regulación de Empleo suscrito el pasado 27 de diciembre, se une además la del Comité de Oficinas de Asturias, que también se juzgará de forma conjunta ese día ante la Sala de lo Social de este tribunal.

Según ha informado el sindicato en una nota de prensa, CSICA se opuso a firmar el acuerdo al considerar que las medidas acordadas son "salvajes e injustificadas".

Hoy se ha celebrado un acto de conciliación en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), sin la comparecencia de la empresa, tras la demanda presentada por el Comité de Sucursales de Asturias.

Posteriormente, el 18 de marzo están citados todos los sindicatos y la empresa ante la misma sala tras los escritos presentados por varios sindicatos, entre ellos CSICA, solicitando la ejecución provisional de la sentencia dictada el 14 de noviembre, que fue recurrida por Liberbank en el Tribunal Supremo.

Dicha sentencia declaró nulo el ERE acordado el pasado mes de julio por la dirección del banco con los sindicatos UGT y CCOO por considerar que vulneró la libertad sindical, ya que fue alcanzado antes de la mediación ante el SIMA y, por tanto, excluyendo de la negociación a otras centrales como Corriente Sindical de Izquierdas (Csica) y Sindicato de Trabajadores de Crédito (STC-CIC).

El pacto suponía reconvertir las 1.332 suspensiones temporales de contrato anunciadas inicialmente en 775 reducciones de jornada al 50 % y los mil afectados por la merma de la jornada del 30 % en 770.COM